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Publicado el 8 de septiembre de 2026 a las 10:47

Las defensoras oficiales penales de Niños, Niñas y Adolescentes de San Juan, Bettina Cuni y Mariela López, ya preparan planteos de inconstitucionalidad e inconvencionalidad contra algunos artículos de la nueva Ley de Responsabilidad Penal Juvenil. La norma, que comenzó a regir el 5 de septiembre y establece la responsabilidad penal desde los 14 años, entró en vigencia en la provincia sin que exista todavía un Código Procesal Penal Juvenil que permita instrumentar el nuevo régimen.
La falta de un procedimiento específico no es, para las defensoras, el único problema. López anticipó que, si deben intervenir en causas en las que entiendan que la aplicación de la ley vulnera garantías de los adolescentes, recurrirán a la Justicia para cuestionar esas disposiciones.
“Nosotros sí ya tenemos los planteos de inconstitucionalidad, inconvencionalidad y lo tenemos listo para presentar”, sostuvo durante una entrevista.
La advertencia se da a partir de la entrada en vigencia de la Ley 27.801, que modificó el régimen de responsabilidad penal para adolescentes y fijó la posibilidad de atribuir responsabilidad penal a partir de los 14 años. En San Juan, ese nuevo esquema comenzó a regir sin que la provincia haya completado la adecuación de su procedimiento para abordar este tipo de casos.
Para las defensoras, esa diferencia puede generar un problema concreto cuando llegue el primer caso alcanzado por la nueva legislación. El sistema procesal penal juvenil que funciona actualmente en la provincia tiene características diferentes a las previstas por el nuevo régimen nacional y, según explicaron, esa incompatibilidad puede terminar afectando derechos de los adolescentes.
Uno de los principales puntos señalados está relacionado con el modelo procesal. San Juan mantiene un sistema de carácter mixto e inquisitivo, en el que el juez tiene intervención en la investigación, mientras que la legislación nacional fue pensada para funcionar dentro de un esquema acusatorio, en el que la investigación está a cargo del Ministerio Público Fiscal.
Para las defensoras, no se trata de una diferencia meramente técnica. La aplicación de un régimen nacional diseñado para un sistema acusatorio sobre una estructura procesal que todavía responde a otro modelo puede generar situaciones en las que no estén garantizadas las condiciones que requiere un proceso penal juvenil.
La discusión adquiere especial importancia por la edad de los adolescentes alcanzados. Cuni puso el foco en la necesidad de que quienes intervengan en estos procesos tengan formación específica para determinar si un chico comprende el proceso judicial, el delito que se le atribuye y las consecuencias de las decisiones que se adopten.
La especialización, según plantearon, no puede limitarse a quienes ejercen la defensa. También requiere una estructura preparada para intervenir desde el primer contacto del adolescente con el sistema penal, con profesionales capacitados en materia de niñez y adolescencia, además de jueces, fiscales, defensores y organismos especializados.
La preocupación de las defensoras se relaciona también con la diferencia entre la responsabilidad penal que establece la nueva ley y las capacidades que el propio ordenamiento jurídico reconoce a los adolescentes en otros ámbitos. Cuni planteó que se trata de chicos de 14 años a los que todavía se les exige autorización o intervención de adultos para realizar determinados actos, pero que ahora pueden quedar sometidos a un proceso penal bajo las nuevas reglas.
Frente a ese escenario, las defensoras ya comenzaron a preparar la estrategia judicial que utilizarán si deben intervenir en una causa alcanzada por los artículos cuestionados. López aclaró que no se trata de desconocer la existencia de la ley nacional, sino de plantear ante los tribunales que determinadas disposiciones no pueden aplicarse cuando entren en conflicto con garantías constitucionales o con los tratados internacionales que protegen los derechos de niños y adolescentes.
“Como está la ley nacional para nosotros es inconstitucional e inconvencional”, afirmó López.
Los planteos podrían llegar a instancias superiores si las decisiones judiciales iniciales no dan respuesta a los cuestionamientos. Entre las herramientas que analizan también están las medidas cautelares, con las que podrían solicitar que una determinada disposición no sea aplicada a un adolescente mientras se resuelve la discusión sobre su constitucionalidad y convencionalidad.
La posibilidad de recurrir a este tipo de medidas cobra relevancia porque la nueva ley ya está vigente. Es decir, la discusión dejó de ser una cuestión vinculada solamente al debate legislativo o a una futura implementación: los jueces pueden recibir causas alcanzadas por el nuevo régimen y deberán resolver cómo actuar ante la falta de un procedimiento provincial adaptado.
Según explicaron las defensoras, esta discusión tampoco se limita a San Juan. El alcance de la Ley 27.801 y su compatibilidad con las garantías constitucionales y convencionales de los adolescentes es un tema que también comenzó a ser analizado por defensores y especialistas de otras provincias.
En San Juan, el escenario plantea una primera incógnita concreta: qué sucederá cuando llegue a la Justicia el primer caso de un adolescente de 14 o 15 años alcanzado por la nueva normativa. Mientras la provincia no tenga un Código Procesal Penal Juvenil acorde al régimen nacional, los magistrados deberán definir cómo compatibilizar la ley vigente con el procedimiento que actualmente funciona.
Para Cuni y López, si en ese proceso aparece alguna de las situaciones que consideran contrarias a la Constitución o a los tratados internacionales, el planteo ya está preparado. La defensa oficial recurrirá a la Justicia para pedir que esas disposiciones no sean aplicadas al adolescente mientras se resuelve el cuestionamiento.