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Publicado el 19 de febrero de 2026 a las 13:54

A cuatro días del inicio del juicio oral previsto para el 23 de febrero, el intendente de Angaco, José Castro, realizó una jugada judicial de último momento para intentar frenar el proceso que lo tiene acusado por presuntos delitos de malversación de caudales públicos, incumplimiento de los deberes de funcionario público y abuso de autoridad.
Su abogado defensor, Marcelo Fernández, confirmó en diálogo con La Picada que solicitó formalmente la suspensión del debate oral tras presentar un acuerdo conciliatorio entre la intendencia y el Concejo Deliberante, órgano que en 2019 denunció al entonces jefe comunal por la supuesta utilización de maquinaria y personal municipal en un terreno privado.
La causa, iniciada bajo el viejo sistema procesal penal mixto de la provincia, avanzó durante casi seis años hasta llegar a la instancia de juicio. Sin embargo, la defensa apeló a un instituto previsto en el artículo 59 del Código Penal de la Nación, que permite la extinción de la acción penal mediante acuerdo conciliatorio y reparación integral del daño.
Según explicó Fernández, la propuesta consiste en ofrecer una suma de dinero para que el Concejo Deliberante los destine a una institución de bien público de Angaco. La particularidad del planteo es que, según remarcó el abogado, no implica reconocimiento de culpabilidad ni aceptación de la existencia de un daño patrimonial.
“El eventual daño no está determinado ni acreditado”, sostuvo el defensor, quien además señaló que el Tribunal de Cuentas provincial ya se habría expedido en su momento indicando que no existió perjuicio fiscal.
La estrategia jurídica toma como antecedente el caso del expresidente Alberto Fernández, quien accedió al mismo instituto en la denominada causa “Fiesta de Olivos”, ofreciendo una reparación económica que derivó en el cierre del proceso penal. Fernández explicó que ese precedente demuestra que el beneficio puede aplicarse también a funcionarios públicos, ya que el artículo 59 del Código Penal no establece prohibiciones expresas para ellos.
No obstante, la cuestión no es automática. El Ministerio Público Fiscal deberá emitir dictamen y el tribunal interviniente resolver si acepta o no el planteo. Existe además un debate jurídico adicional: el instituto no fue reglamentado en el antiguo Código Procesal Penal provincial bajo el cual se inició la causa, lo que podría generar interpretaciones contrapuestas sobre su aplicabilidad.
El defensor sostuvo que negar el beneficio por falta de reglamentación provincial implicaría afectar el principio de igualdad ante la ley, ya que se trata de una norma penal nacional vigente para todos los ciudadanos.
En caso de que el tribunal rechace el pedido, el juicio oral comenzaría como estaba previsto. Si eventualmente existiera una condena, Castro podría continuar en funciones hasta que la sentencia quede firme, es decir, hasta que se agoten todas las instancias de apelación.
Por ahora, la definición está en manos de la justicia. La defensa ya presentó la ordenanza del Concejo Deliberante que avala el acuerdo conciliatorio y aguarda que se resuelva la suspensión del debate. Si no hay respuesta en las próximas horas, anticipó que realizará nuevas presentaciones para garantizar el derecho a estudiar en profundidad el expediente antes del inicio del juicio.